- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00450/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
- N° expediente: DE–0905-01503358-2
Resumen
Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 07/2018, para contratar la ejecución de la obra “RECALIFICACION PEATONAL DE CALLE MENDOZA”, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00327/18, la cual comprende la provisión de materiales, herramientas, equipamiento y mano de obra según especificaciones técnicas y planos que se adjuntan a los respectivos pliegos.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018 – Nº 00450
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 JUL 2018
VISTO:
El expediente DE – 0905-01503358-2 (RP) y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia obra el Decreto D.M.M. N° 00327/18 de convocatoria a Licitación Pública N° 07/2018 para contratar la ejecución de la obra “RECALIFICACION PEATONAL DE CALLE MENDOZA”, acorde a las especificaciones técnicas y los planos que se adjuntan al pliego respectivo, con un presupuesto oficial de pesos once millones, ochocientos noventa y ocho mil, seiscientos noventa c/68/100 ($ 11.898.690,68);
Que, obra en autos constancia de las publicaciones efectuadas en Boletín Oficial y en los diarios El Litoral y Uno, tal como dispone el acto de convocatoria. Asimismo, se realizó la difusión a través del sitio web de este Municipio;
Que, la apertura de los sobres se realizó el día 21 de junio de 2018, y concurrieron dos (2) oferentes, a saber: a) COEMYC S.A., con una oferta de pesos catorce millones, ochocientos noventa y ocho mil, ciento veintiuno c/45/00 ($14.898.121,45); b) COCIVIAL S.A., con una oferta de pesos catorce millones, quinientos noventa y siete mil, doscientos sesenta y nueve c/11/00 ($14.597.269,11);
Que la Comisión Evaluadora emitió el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión, en el que indica que no puede admitirse la oferta presentada por la firma COCIVIAL S.A., atento a que ésta ha omitido acompañar documentación imprescindible para el análisis de la propuesta, o lo ha hecho en forma defectuosa.
Que, en base a ello, la Comisión entiende que la única oferta que se ajusta correctamente a la totalidad de la documentación que requieren los pliegos que rigen la licitación, es la presentada por la firma COEMYC S.A.
Que, asimismo, sugiere convocar a dicha empresa a una mejora de oferta, en los términos del artículo 23 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, COEMYC S.A presentó una mejora de oferta, llevando su valor a la suma de pesos catorce millones, quinientos sesenta mil, setecientos setenta y cinco c/99/100 ($14.560.755,99).
Que, analizada la nueva propuesta, y ajustándose la misma a las condiciones exigidas, la Comisión Evaluadora emite informe, en donde aconseja aprobar la Licitación Pública Nº 07/2018 y adjudicar la ejecución de la obra a COEMYC S.A.
Que, atento aquel informe, el cual forma parte integrante del presente, este Departamento Ejecutivo estima correspondiente el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art.1º.- Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 07/2018, para contratar la ejecución de la obra “RECALIFICACION PEATONAL DE CALLE MENDOZA”, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00327/18, la cual comprende la provisión de materiales, herramientas, equipamiento y mano de obra según especificaciones técnicas y planos que se adjuntan a los respectivos pliegos.
Art. 2º.- Adjudíquese a COEMYC S.A. la ejecución de la obra referida en el artículo precedente, en un todo de acuerdo con la documentación que integran los Pliegos de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el expediente del visto, por el monto de pesos catorce millones, quinientos sesenta mil, setecientos setenta y cinco c/99/100 ($14.560.775,99).
Art. 3º.- El presente gasto será imputado de la siguiente manera: 150 – Crédito Interno – Categoría Programática 23.75.59, fondos obtenidos en el marco de la Licitación Pública Nº 03/17 “Contratación de Empréstito Público – Ordenanza Nº 12.459 y Fondos Municipales – Categoría Programática 23.75.59.
Art. 4º.- Dispónese que por Asesoría Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la firma adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de adjudicación.
Art. 5°.- Autorízase a la Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañados oportunamente por todas las oferentes.
Art. 6°.- Notifíquese en legal forma a la firma adjudicataria, a fin de cumplimentar lo dispuesto en el Art. 4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 7°.- Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano.
Art. 8°.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.
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