- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00341/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
- N° expediente: DE: 0448-01493586-0 (CP)
Resumen
Autorízase, por las razones expuestas en los considerandos del presente, la creación, ampliación y deducción de los ítems de la obra: “REMODELACIÓN PEATONAL SAN MARTÍN – ETAPA 2”, Licitación Pública N° 09/2017, cuya contratista es la firma COEMYC S.A., en las cantidades y valores que se indican en el Anexo I del presente Decreto.
Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra, por el término de sesenta (60) días corridos, siendo la fecha de finalización de los trabajos el día 26 de noviembre de 2018.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018 – Nº 00341
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 JUN 2018
VISTO:
El Expediente DE: 0448-01493586-0 (CP), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la firma COEMYC S.A. adjudicataria de la ejecución de la obra “REMODELACIÓN PEATONAL SAN MARTÍN – ETAPA 2”, Licitación Pública N°09/2017, en respuesta al requerimiento de cotización de la Subsecretaría de Obras de Arquitectura por adicionales y modificaciones de proyecto, remite presupuesto por tareas complementarias y accesorias sobre modificaciones proyectuales y adicionales relacionadas con la obra mayor;
Que, la Subsecretaría de Obras de Arquitectura en virtud de las razones invocadas, considera pertinente las ampliaciones de los ítems 7.01 y 7.02, las deducciones de los ítems 6.01, 6.02, 6.03 y 8.07 y la creación de los ítems 6.15, 6.16.1, 6.16.2, 6.16.3, 6.17, 8.10, 8.11 y 8.12, incrementándose el monto contractual, conforme a las previsiones establecidas por los artículos 41 y 44 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aplicable a la presente obra;
Que, asimismo se considera pertinente una ampliación de plazo de sesenta (60) días corridos en la ejecución de los trabajos conforme a las previsiones establecidas por el artículo 54 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aplicable a la presente obra;
Que, lo expuesto totaliza un monto de ampliación de contrato de $4.058.446,97 (pesos cuatro millones cincuenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis con noventa y siete centavos), lo que representa un incremento aproximado del 10,07% sobre el monto de obra original ($40.284.560,56);
Que, en el expediente de referencia consta la expresa renuncia de la contratista, en forma de declaración jurada, a reclamar mayores costos de los pactados, gastos improductivos y/o cualquier otro rubro indemnizatorio pretendido durante el período de ampliación de plazo de ejecución que se establece;
Que, luce agregada la intervención de la Asesora Legal correspondiente;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DELA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Autorízase, por las razones expuestas en los considerandos del presente, la creación, ampliación y deducción de los ítems de la obra: “REMODELACIÓN PEATONAL SAN MARTÍN – ETAPA 2”, Licitación Pública N° 09/2017, cuya contratista es la firma COEMYC S.A., en las cantidades y valores que se indican en el Anexo I del presente Decreto.
Art. 2º: Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra, por el término de sesenta (60) días corridos, siendo la fecha de finalización de los trabajos el día 26 de noviembre de 2018.
Art. 3º: Autorízase a la Secretaría de Hacienda a imputar con cargo al presupuesto correspondiente al Ejercicio 2018, Jurisdicción: 1110133000, Categoría Programática: 23.75.58 – Fondos Municipales, de acuerdo al artículo 32 de la Ordenanza Nº 10.610, la suma de pesos: cuatro millones cincuenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis con noventa y siete centavos ($4.058.446,97).
Art. 4º: Gírense las actuaciones a las Direcciones de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y a la Subsecretaría de Obras de Arquitectura, previa notificación en legal forma a la contratista, a los fines de glosar las actuaciones en el legajo de obra respectivo.
Art. 5º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y las Señoras Secretarias de Hacienda, de Gobierno, y de Desarrollo Estratégico y Resiliencia.
Art. 6º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.
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