Decreto DMM N° 00312/2018

8 de junio de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00312/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Control
  • N° expediente: DE-0437-01485433-5 (RP)

Resumen

Apruébase la la Licitación Pública Nº 01/2018 “SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL DE AVENIDAS Y CALLES DE LA CIUDAD”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00124/18.-
Adjudícase a la firma BECHA S.A. la ejecución de la obra precitada, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en autos, por el monto de pesos pesos catorce millones ciento noventa y nueve mil seiscientos ($ 14.199.600).-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Ramiro Dall’Aglio, Secretario de Control
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE CONTROL – AÑO 2018 – Nº 00312

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 MAY 2018

VISTO :

El Documento DE-0437-01485433-5 (RP), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia se tramitó la Licitación Pública N° 01/18 correspondiente a la obra “SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL DE AVENIDAS Y CALLES DE LA CIUDAD”, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00124/18, cuyo presupuesto oficial fue estimado en la suma de pesos diecisiete millones ($ 17.000.000);

Que, cumplimentados las publicariones correspondientes y los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 03.04.2018, donde concurrieron dos oferentes: 1) EQUIMAC S.A, cuyo monto de propuesta ascendió al momento de la apertura de sobres a la suma de pesos dieciséis millones trescientos diecinueve mil ochocientos ($ 16.319.800), y 2) BECHA S.A, con una propuesta económica de pesos dieciséis millones cuatrocientos mil ($ 16.400.000).

Que, en oportunidad de la apertura de sobres, ambos oferentes dieron cumplimiento a los requisitos esenciales, por lo que ambas ofertas fueron admitidas para su evaluación.

Que, sin perjuicio de ello, posteriormente, luego de un análisis preliminar de la documentación acompañada por los oferentes, la Comisión Especial Evaluadora determinó la necesidad de requerirle a cada uno de ellos que complete cierta documentación. Cuestión que fue debidamente cumplimentada por ambos oferentes.

Que, por su parte, se procedió al recálculo del coeficiente de resumen de la propuesta de EQUIMAC S.A., de conformidad a la legislación tributaria vigente y a la readecuación de la oferta, resultando una propuesta económica de pesos quince millones novecientos sesenta y cuatro mil doscientos ($ 15.964.200).

Que, a tenor de proximidad de ambas ofertas, se procedió a efectuar un pedido de mejora, conforme a los lineamientos del artículo 23º del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el que fue consentido por ambas oferentes, que hicieron sus respectivas presentaciones.

Que, en la fecha indicada, se recibieron dos sobres, correspondientes a: 1) la empresa EQUIMAC S.A., con una mejora de oferta por la suma de pesos quince millones cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos setenta y cuatro ($ 15.485.274,00), con el condicionamiento de cobro de un anticipo financiero del 15% del monto contractual, y; 2) la firma BECHA S.A, quien ofreció mejorar su oferta para realizar los trabajos requeridos por la suma de pesos catorce millones ciento noventa y nueve mil seiscientos ($ 14.199.600,00).

Que, seguidamente, intervino la Comisión Especial Evaluadora, emitiendo el informe respectivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión).

Que, de la documental obrante en autos, ya sea por suspropuesta económica mejorada, y el informe respectivo del Registro de Licitadores, surge un razonable cumplimiento por parte de ambos oferentes a los extremos del artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, como de los artículos 8, 9, 10, 11 y 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que, asimismo, ambos proponentes, desde el punto de vista técnico, poseen antecedentes y equipamiento suficiente para realizar los trabajos que se pretenden contratar.

Que, en cuanto a los valores económicos propuestos, la empresa BECHA S.A. realizó una oferta económica con un precio sustancialmente menor.

Que, en este contexto, la oferta de BECHA S.A. luce como la más conveniente a los intereses comprometidos, acorde a los antecedentes técnicos corroborados, como así también al valor de su propuesta.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA

Art. 1°: Apruébase la la Licitación Pública Nº 01/2018 “SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL DE AVENIDAS Y CALLES DE LA CIUDAD”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00124/18.-

Art. 2°: Adjudícase a la firma BECHA S.A. la ejecución de la obra precitada, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en autos, por el monto de pesos pesos catorce millones ciento noventa y nueve mil seiscientos ($ 14.199.600).-

Art. 3º: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto 2018, categoría programática 20.79.00., la suma de pesos catorce millones ciento noventa y nueve mil seiscientos ($ 14.199.600).-

Art. 4°: Dispónese que por la Secretaría de Control se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.

Art. 5°: Autorízase a la devolución de los documentos de garantía de presentación acompañados por los oferentes.

Art. 6°: Notifíquese en legal forma a todos los oferentes, y a la adjudicataria para que cumplimente con lo dispuesto en el Art.4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Control.

Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Control y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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