Decreto DMM N° 00269/2018

7 de septiembre de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00269/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1073-01474484-1 (NI)

Resumen

Autorizase la ampliación de la obra de Ejecución de Desagües Pluviales, cordón cuneta, pavimento de hormigón, mejorado; extensión de redes de agua potable y cloaca en el Barrio Santa Rosa de Lima” correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 01/16 PRO.ME.BA IV, contratada con PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L, por el término de cincuenta (50) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 21.05.2018.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaraz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2018– Nº 00269
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 MAY 2018
VISTO:
El Expediente DE-1073-01474484-1 (NI); y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, elevó la propuesta de ampliación de plazo de ejecución, correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 01/2016 PROMEBA IV, “Ejecución de Desagües Pluviales, cordón cuneta, pavimento de hormigón, mejorado; extensión de redes de agua potable y cloaca en el Barrio Santa Rosa de Lima”, contratada con la Empresa PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L.
Que, la precitada Dirección eleva Notas de Pedidos Nº 69 y 84 por la que la contratista solicita ampliación de plazo de obra con motivo de las precipitaciones y excesos de humedad acaecidos en obra durante los meses agosto a diciembre del año 2017, en virtud de ello acompañan resumen pluviométrico.
Que, analizado lo peticionado por la firma a cargo de las tareas, y los informes incorporados en autos, la Supervisión de obra considera justificado el otorgamiento de un total de cincuenta (50) días corridos de prórroga del plazo para la terminación de las tareas, llevándose su término contractual al día 21.05.2018.
Que, la Asesoría Legal interviniente, considera ajustado a derecho el otorgamiento de dicha ampliación de obra con la correspondiente ampliación de plazo de cincuenta (50) días corridos, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 21.05.2018, con fundamento de las previsiones de la Sección VII, en la cláusula 8 del Pliego aplicable.
Que, finalmente deberá incorporarse la no objeción de la Secretaría de Insfraestructura Urbana del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación por la presenta prórroga del plazo de la obra de referencia.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin de determinar la ampliación de la obra en ciernes y el otorgamiento de un mayor plazo de ejecución, dictando al efecto el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.

Art. 1°: Autorizase la ampliación de la obra de Ejecución de Desagües Pluviales, cordón cuneta, pavimento de hormigón, mejorado; extensión de redes de agua potable y cloaca en el Barrio Santa Rosa de Lima” correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 01/16 PRO.ME.BA IV, contratada con PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L, por el término de cincuenta (50) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 21.05.2018.
Art. 2°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, dependencia esta última que notificará en legal forma a la contratista y le requerirá la ampliación proporcional de la garantía de ejecución. Fecho, procederá a archivar las presentes al legajo de la presente obra.
Art. 4°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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