- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00076/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
- N° expediente: DE-1073-01481592-2 (NI)
Resumen
Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la Obra Licitación Pública Nº 03/2017: “PAVIMENTO DE HORMIGÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN VÍAS DE ACCESO A EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS – LOTE I VILLA LAS FLORES: CALLE AZOPARDO Y EUROPA ENTRE GUANELLA Y REGIMIENTO 12 DE INFANTERÍA; Y CALLE GUANELLA ENTRE BLAS PARERA Y PEÑALOZA”, contratada con la firma TECSA S.A. por el término de 70 (setenta) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 09 de mayo de 2018 inclusive.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaraz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2018– Nº 00076
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 FEB 2018
VISTO:
El Expediente DE-1073-01481592-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, elevó la propuesta de ampliación del plazo de ejecución de la obra “PAVIMENTO DE HORMIGÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN VÍAS DE ACCESO A EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS – LOTE I VILLA LAS FLORES: CALLE AZOPARDO Y EUROPA ENTRE GUANELLA Y REGIMIENTO 12 DE INFANTERÍA; Y CALLE GUANELLA ENTRE BLAS PARERA Y PEÑALOZA”, correspondiente a la Licitación Pública Nº 03/2017, contratada con la firma TECSA S.A, por setenta (70) días corridos.
Que, en su informe, la precitada Dirección, señala que las demoras acaecidas en dicha obra se produjeron por razones técnicas, justificadas en Nota de Pedido Nº 42 presentada por la adjudicataria, agregadas en autos.
Que, también se produjeron superposición de tareas involucradas en la ejecución del ítem Nº 10 en el marco de la licitación pública Nº 10/17; también se tornó necesario llevar a cabo el restablecimiento del sistema de conexión de alumbrado público a tenor de la interferencia suscitada en obra con postes de alumbrado, todo lo cual implicó demoras para la apertura de la traza.
Que, también hace mérito en su informe de la intervención de la Dirección de Mantenimiento Vial de esta municipalidad para la demolición de un pavimento de hormigón en calle Azopardo, el que interfería con la ejecución del ítem Nº 7, para lo cual se debió coordinar con dicha repartición municipal, conllevando la reprogramación de tareas.
Que, por su parte la Secretaria de Obras Urbanas a fs.8, entiende conveniente autorizar el plazo solicitado de setenta (70) días corridos, considerando dicho plazo oportuno e imprescindible para una correcta solución de los sectores afectados por los motivos mencionados por la adjudicataria y corroborados por la Dirección de Inspección y Certificación de Obras.
Que, en razón de lo expuesto, la Asesoría Legal interviniente, considera ajustado a derecho el otorgamiento de setenta (70) días corridos, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 09.05.2018, con fundamento de las previsiones de los artículos 52 y 53 del Pliego aplicable.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin de determinar la ampliación del plazo de ejecución de la presente obra, dictando al efecto el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA
Art. 1°: Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la Obra Licitación Pública Nº 03/2017: “PAVIMENTO DE HORMIGÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN VÍAS DE ACCESO A EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS – LOTE I VILLA LAS FLORES: CALLE AZOPARDO Y EUROPA ENTRE GUANELLA Y REGIMIENTO 12 DE INFANTERÍA; Y CALLE GUANELLA ENTRE BLAS PARERA Y PEÑALOZA”, contratada con la firma TECSA S.A. por el término de 70 (setenta) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 09 de mayo de 2018 inclusive.
Art. 2°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificaciones de Obras. Fecho, archivará estas actuaciones en el legajo de obra.
Art. 3°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y la Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-
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