Resolución Intendente N° 632/2017

5 de enero de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 632/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0473-01117635-1 (NI)

Resumen

Rescindir el Contrato de Compraventa suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Señor Guillermo Federico Knenbuhler, D.N.I. Nº 16.948.462, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00872/15, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 632

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 DIC 2017

VISTO:

El Documento DE-0473-01117635-1 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto D.M.M. N° 00872/15, se numeró y registró el contrato de compraventa suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y el Señor Guillermo Federico Knenbuhler D.N.I. Nº 16.948.462,de fecha 27 de abril de 2015, para la adquisición de un lote de terreno individualizado como fracción de la parcela 2.3 del Distrito Industrial “Los Polígonos” según plano obrante en el Anexo º de la Ordenanza nº 11.730;

Que,en fecha 23/08/2.017, al no verificarse por parte del adquirente la correspondiente solicitud de permiso de obra, se inspeccionóel predio respectivo constatando que la obra se encuentra abandonada desde noviembre de 2.016 y sin evidencias que demuestren la intención de retomar los trabajos comenzados;

Que, asimismo, se constató la falta de pago de la cuarta y última cuota, cuyo vencimiento operó en noviembre de 2.016, conforme lo establecido por la cláusula segunda del contrato de compraventa;

Que, en consecuencia, se intimó al adquirente para que en un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos proceda a dar cabal cumplimiento a las obligaciones asumidas, bajo apercibimiento de hacer efectiva la condición resolutoria y proceder a la rescisióndel referido contrato;

Que, en fecha 05/10/2.017, se verificó el pago de la cuarta y última cuota adeudada, pero no así respecto de la obligación de inicio de obras, conforme a lo informado por la Dirección de Edificaciones Privadas;

Que, el artículo 11 del Anexo 3 de la Ordenanza N° 11.730 dispone expresamente que “[l]a venta objeto de este contrato se realiza bajo la condición resolutoria de que el lote de terreno (parcela industrial) se restituirá al dominio municipal, en caso de producirse por parte de la compradora, indistinta o conjuntamente el incumplimiento de alguna de las siguientes obligaciones:a) Pago del precio de venta en los plazos y modos establecidos en el boleto de compraventa suscripto. b) Obligación de dar inicio a las obras del proyecto de radicación aprobado, dentro de los seis (6) meses de suscripto el presente boleto de compraventa.c) Obligación de poner en funcionamiento la planta industrial dentro de los dieciocho (18) meses siguientes a la suscripción del presente boleto de compraventa”;

Que, por lo expuesto se encuentran configurados los extremos normados para hacer efectiva la condición resolutoria establecida en la Ordenanza N° 11.730, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines emitir la declaración respectiva;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rescindir el Contrato de Compraventa suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Señor Guillermo Federico Knenbuhler, D.N.I. Nº 16.948.462, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00872/15, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, notificar fehacientemente al interesado de lo aquí dispuesto. Cumplimentado, archívese.-

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