Resolución Intendente N° 568/2017

15 de enero de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 568/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01412289-9 (NI)

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la agente Cecilia Eliana DUMAS (Código Nº 12.525), conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 568

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 DIC 2017

VISTO:

El Documento DE-0429-01412289-9 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la agente Cecilia Eliana DUMAS (Código Nº 12.525), tendiente a obtener la restitución del suplemento de subrogancia que percibía hasta el mes de abril de 2017, inclusive, y el reintegro de los montos supuestamente descontados de su salario de manera indebida, correspondientes a los meses de mayo de 2017 y sucesivos.

Que, alega que el régimen tuitivo del Derecho del Trabajo impone el respeto a la intangibilidad salarial y aduce un comportamiento aparentemente arbitrario y discriminatorio, atento a su función de Delegada Sindical de A.S.O.E.M. y su desempeño como Vocal Suplente de la misma Asociación.

Que, previo informe de la Dirección de Personal, la Asesoría Legal de la Secretaría de Gobierno emitió el Dictamen N° 06/2017 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), donde analiza la normativa aplicable al caso y la naturaleza transitoria inherente al instituto de la subrogancia, así como la jurisprudencia relativa a la materia de tutela sindical o estabilidad gremial, concluyendo que el obrar de la Administración luce legítimo y no existen razones para hacer lugar al reclamo incoado, por lo que sugiere el dictado del acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Que, la Subsecretaría de la Función Pública y este Departamento Ejecutivo comparten lo expuesto.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la agente Cecilia Eliana DUMAS (Código Nº 12.525), conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.-

Art. 2°: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente a la interesada, haciéndole saber que puede interponer recurso de reconsideración, dentro de los diez días hábiles administrativos de notificada, de acuerdo a lo establecido en los arts. 66 y 67 de la Ley Provincial Nº 2.756. Cumplimentado, archívese.-

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