- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DPB
- N° Decreto DPB: 0072/2016
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0479-01281721-9
Resumen
Dispónese el traslado del agente Pablo Ariel ROMERO -Código Nº 12.584, Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, categoría 11, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General de la Secretaría de Desarrollo Social- al Departamento Mobiliario Urbano, dependiente del Programa de Gestión del Espacio Público de la Subsecretaría de Ambiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a fin de dar cumplimiento a la medida judicial dictada en autos “BRINGAS, Romina Carla c/ ROMERO, Pablo Ariel s/ Medidas Autosatisfactivas” (Expediente Nº 275/2016), de trámite ante el Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 – 2ª Secretaría y de Violencia Familiar de esta ciudad.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Arq. Carlos Medrano, Secretario de Desarrollo Social
Texto completo de la norma
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2016 – Nº 0072
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAR 2016
VISTO:
El expediente DE-0479-01281721-9 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante oficio judicial se informa que en autos “BRINGAS, Romina Carla C/ROMERO, Pablo Ariel S/Medidas Autosatisfactivas” (Expte. 275/2016)”, el Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 – 2ª Secretaría y de Violencia Familiar de esta ciudad, ha dispuesto en fecha 07.03.2016 una medida de distancia y prohibición de acercamiento sobre el agente Pablo Ariel ROMERO -Código 12584-, respecto a la practicante Romina Carla BRINGAS -código 61194-. Ello, en el marco de la Ley Provincial Nº 11.529 y por el plazo de sesenta (60) días a partir de su dictado.
Que, ambos se desempeñan en el Despacho General de la Secretaría de Desarrollo Social y la decisión fue comunicada a dicha área, a fin de que arbitre los medios que estime conducentes para garantizar su efectivo cumplimiento.
Que, el Área Mujer y Diversidad Sexual atendión a la señora BRINGAS en su condición de víctima y sugiere la reubicación laboral del agente ROMERO.
Que, la Dirección de Personal informa que el señor Pablo Ariel ROMERO revista en esta Administración en calidad de Permanente, con función de Auxiliar Administrativo, categoría 11, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General, Secretaría de Desarrollo Social.
Que, la Asesoría Legal de la Secretaría de Gobierno emite el dictamen Nº 08/2016 donde señala que a nivel nacional se encuentra vigente la Ley de Protección Integral a Las Mujeres Nº 26.485, cuyo objeto es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Por su parte, la Ley Provincial Nº 13.348 adhirió a la norma nacional y estalece, entre sus objetivos, la asistencia en forma integral y oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia. Por otra parte, la Ley de Violencia Familiar de la Provincia de Santa Fe Nº 11.529 fija una serie de normas procesales y medidas protectorias de asistencia a las víctimas de violencia, en cuyo marco se dispuso la medida judicial que diera inicio a las actuaciones administrativas.
Que, en el caso, el Tribunal ha impuesto al municipio el deber de arbitrar los medios para evitar el acercamiento del nombrado a la víctima, lo cual torna indispensable su alejamiento físico, dads las caraterísticas edilicias del lugar de trabajo y las funciones que ambos desempeñan. Por otra parte, no se ha notificado, a la fecha, la suspensión o renovación de la medida, por lo que se debe obedecer el mandato judicial.
Que, la Subsecretaría de la Función Pública comparte lo expuesto y aconseja el traslado del agente al Departamento Mobiliario Urbano, dependiente del Programa de Gestión del Espacio Público de la Subscretaría de Ambiene de la Secretaría de Desarrollo Social, con sede en la Estación Belgrano, conforme a lo dispuesto en la medida judiucial dictada el 07.03.2016 en los autos mencionados.
Que, Fiscalía Municipal comparte el criterio expuesto.
Que, se aconseja el dictado del acto administrativo que dé estricto y puntual cumplimiento a la medida judicial.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Dispónese el traslado del agente Pablo Ariel ROMERO -Código Nº 12.584, Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, categoría 11, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General de la Secretaría de Desarrollo Social- al Departamento Mobiliario Urbano, dependiente del Programa de Gestión del Espacio Público de la Subsecretaría de Ambiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a fin de dar cumplimiento a la medida judicial dictada en autos “BRINGAS, Romina Carla c/ ROMERO, Pablo Ariel s/ Medidas Autosatisfactivas” (Expediente Nº 275/2016), de trámite ante el Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 – 2ª Secretaría y de Violencia Familiar de esta ciudad.-
Art. 2º: Establécese que el traslado dispuesto en el artículo anterior tendrá vigencia por el plazo de sesenta (60) días a contar desde el 07.03.2016, o por el tiempo que subsista la medida judicial comunicada.-
Art. 3º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y por el Señor Secretario de Desarrollo Social.-
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
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