Decreto DPB N° 0323/2015

22 de abril de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0323/2015
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0930-01221338-5

Resumen

Otórgase Licencia Extraordinaria, por razones de índole particular, sin goce de haberes, a la Prof. Lilia Beatriz SALSANO (Código Nº 11.797) en dos (02) horas cátedra, Función 43, de la asignatura “Músico Acompañante” y nueve (09) horas cátedra, Función 43, de la asignatura “Piano”, todas dependientes del Profesorado de Música del Liceo Municipal, a partir del 01 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2015, conforme lo establecido en el art. 7 inc. d) del Decreto D.M.M. Nº 3398/83.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
Prof. Rossana Ingaramo, Secretaria de Educación
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2015 Nº 0323
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 NOV 2015
VISTO:
El Documento DE-0930-01221338-5 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante dicha actuación la Prof. Lilia Beatriz SALSANO (Código Nº 11.797) solicita se le otorgue Licencia sin goce de haberes en once (11) horas cátedra, detalladas en nota cabecera, Función 43, del Profesorado de Música, a partir del 01 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2015;
Que, la Sección Personal dependiente de la Dirección Liceo Municipal informa que la licencia solicitada corresponde a dos (2) horas de Músico Acompañante en la asignatura “Danzas Folkloricas” y a nueve (09) horas de Piano del “Taller Instrumental”, de un total de once (11) horas que la docente dicta en la Escuela de Música;
Que, la Dirección de Personal informa que la Prof. SALSANO (Código 11.797) revista en esta Administración en calidad de Docente Titular con treinta y dos (32) horas cátedra efectivas discriminadas de la siguiente manera: veinte (20) horas de Piano, cuatro (4) horas de Piano Competición y ocho (8) horas de Músico Acompañante, dependiente de la Dirección del Liceo Municipal;
Que, asimismo informa que el art. 7º inciso d) del D.M.M. Nº 3.398/83 establece que la licencia por razones particulares será sin goce de haberes y se concederá hasta completar un (1) año dentro de cada quinquenio, pudiéndose fraccionar y dejando librada su concesión a las posibilidades de servicio y las razones que justifiquen su pedido. Además, se debe contar con una antigüedad municipal de dos (2) años, cumplimentando la docente los requisitos exigidos en cuanto a la antigüedad y tiempo de antelación para solicitar la licencia;
Que, remitidas las actuaciones a la Asesoría Legal de la Secretaría de Educación, la misma opina que corresponde hacer lugar a lo solicitado;
Que, compartiendo lo dictaminado, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga el otorgamiento de Licencia Extraordinaria, por razones de índole particular, sin goce de haberes, a la agente Lilia Beatriz SALSANO, en las horas cátedra solicitadas, a partir del 01 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2015, conforme establecido en el art. 7 inc. d) del Decreto D.M.M. Nº 3398/83;

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º.- Otórgase Licencia Extraordinaria, por razones de índole particular, sin goce de haberes, a la Prof. Lilia Beatriz SALSANO (Código Nº 11.797) en dos (02) horas cátedra, Función 43, de la asignatura “Músico Acompañante” y nueve (09) horas cátedra, Función 43, de la asignatura “Piano”, todas dependientes del Profesorado de Música del Liceo Municipal, a partir del 01 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2015, conforme lo establecido en el art. 7 inc. d) del Decreto D.M.M. Nº 3398/83.-
Art. 2º.- Remítase copia a la Dirección de Personal para su conocimiento y a fin de que notifique fehacientemente a la docente de lo dispuesto en el artículo anterior.-
Art. 3º.- Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno, de Educación y de Hacienda.-
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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