Créase, en el ámbito de la Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social o en la que en el futuro la reemplace, el “Registro Único de Trabajadoras y Trabajadores del Cuidado”, entendiendo por aquel a la base pública que contiene información al alcance de la ciudadanía respecto de cuidadoras y cuidadores que invoquen capacitación y/o formación en cuidados integrales para la tarea de acompañamiento y/o apoyo a realizar, cuya función será facilitar y promover la vinculación de las partes. El mismo será público y gratuito.
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