INFORMACIÓN DETALLADA
- Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00036/2020Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente:
Resumen
Modifíquese la Estructura Orgánico-Funcional del Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, aprobada por Decreto D.M.M. N° 00721/19, la que quedará conformada de acuerdo al detalle obrante en el anexo adjunto.
Remítase a la Secretaría de Hacienda a los fines de realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.
Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00036
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 FEB 2020
VISTO:
Las Ordenanzas Nros. 10.382, 11.836 y el Decreto D.M.M. N° 00721/19, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto D.M.M. N° 00721/19 se aprobó la estructura orgánica funcional del Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano.
Que resulta necesario readecuar y optimizar las tareas que viene desarrollando la Agencia de acuerdo a las exigencias que demanda la misma.
Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente cuyo objeto disponga la modificación de la estructura orgánica funcional vigente, conforme el detalle obrante en el Anexo adjunto.
Que en uso de las facultades y competencias previstas en el Art. 41, incs. 2º, 8º, 9º y 26º de la Ley Provincial Nº 2756.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1°: Modifíquese la Estructura Orgánico-Funcional del Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, aprobada por Decreto D.M.M. N° 00721/19, la que quedará conformada de acuerdo al detalle obrante en el anexo adjunto.
Art. 2°: Remítase a la Secretaría de Hacienda a los fines de realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.
Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno y la Secretaria de Hacienda.
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y al R.M.