Decreto DMM N° 01418/2016

7 de mayo de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 01418/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Producción
  • N° expediente: DE-0698-01298010-8

Resumen

Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-0698-01298010-8 (NI), para la venta de tres (3) lotes en el área circundante a la Ruta Nacional Nº 168, en el marco del proceso de Relocalización de Confiterías Bailables, consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, determinando el Precio Oficial del metro cuadrado (m2) del terreno en la suma de pesos dos mil doscientos setenta y uno con dieciocho centavos ($ 2.271,018).-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Arq. Marcelo D. Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Tco. Ramiro Dall’Aglio, Secretario de Control
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN – AÑO 2016 Nº 01418

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 AGO 2016

VISTO:

El Expediente DE-0698-01298010-8 (NI), y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 11.653 el Honorable Concejo Municipal autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un proceso de selección tendente a la relocalización de las Confiterías Bailables;
Que, el artículo 13 de la citada Ordenanza indica como área de relocalización de las Confiterías Bailables a terrenos de propiedad del Municipio, aledaños a la Ruta Nacional Nº 168, ubicados entre el Puente Oroño y La Guardia;
Que, el artículo 16 de la Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a convocar a licitación pública para el concesionamiento o venta de los terrenos que no hayan sido objeto de interés de los titulares de las Confiterías Bailables a ser relocalizadas, previendo que `tal convocatoria será exclusivamente para la instalación de Confiterías Bailables, Pub o locales gastronómicos (bares, comedores, pizzerías, entre otros);
Que, obran en las presentes actuación la documentación necesaria para llamar a licitación pública, con la finalidad de vender tres (3) lotes según descripción que obra en Anexo I, en forma conjunta o por separado, en el área circundante a la Ruta Nacional Nº 168, que se identifica como Lotes “6 d., e., f.”, que integra los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que se aprueban por medio del presente Decreto;
Que, por Ordenanza Municipal Nº 11.922 se aprobó el plano de mensura elaborado por la Dirección de Catastro sobre tales bienes;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo que disponga el respectivo llamado a Licitación Pública;
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-0698-01298010-8 (NI), para la venta de tres (3) lotes en el área circundante a la Ruta Nacional Nº 168, en el marco del proceso de Relocalización de Confiterías Bailables, consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, determinando el Precio Oficial del metro cuadrado (m2) del terreno en la suma de pesos dos mil doscientos setenta y uno con dieciocho centavos ($ 2.271,018).-
Art. 2º: Llámese a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1/2016, para el día 16 de septiembre de 2016, o el primer día hábil siguiente si aquel no lo fuere, a la hora 10:00, en el Despacho de la Sra. Secretaria de Producción, ubicado en el Quinto Piso del Palacio Municipal, sito en calle Salta Nº 2951 de esta ciudad, o en el lugar que –por razones de merito u oportunidad- sea dispuesto por el Señor Intendente Municipal, para la venta de los lotes aludidos en el artículo anterior.-
Art. 3º: Establécese en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000) el valor del legajo conteniendo la documentación correspondiente a la presente licitación, el que podrá ser adquirido, en días y horarios hábiles administrativos, en la Dirección de Despacho General de la Secretaría de Producción, ubicada en el Quinto Piso del Palacio Municipal, sito en calle Salta Nº 2951 de esta ciudad.-
Art. 4º: Autorízase a la Secretaría de Comunicación y Desarrollo Estratégico a disponer la publicación de los avisos correspondientes conforme a la normativa vigente, en los diarios y en la cantidad y tamaño que estime pertinentes, atendiendo además los relativos al Boletín Oficial y la página Web de esta Municipalidad, los que una vez efectuados se remitan al área licitante para ser agregados al Expediente principal.-
Art. 5º: Créase una Comisión Especial para que lleve a cabo el estudio y evaluación de las actuaciones correspondientes a la presente Licitación Pública la que estará integrada por la C.P.N. M. VERÓNICA GONZÁLEZ en representación de la Secretaría de Producción, la C.P.N. LETICIA GIACOMELLI por la Secretaría de Hacienda y Arq. LUCAS CONDAL por la Secretaría de Planeamiento Urbano; contando esta Comisión con el asesoramiento del Abog. MATIAS CAMPANELLA, dependiente de la Secretaría de Control.-
Art. 6º: La Comisión creada por el artículo precedente deberá aconsejar a este Departamento Ejecutivo la decisión que considere procedente adoptar en las actuaciones allí mencionadas, y expresará sus conclusiones en acta que labrará al efecto.-
Art. 7º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Producción, de Hacienda y de Gobierno, y los Señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Control.-
Art. 8º: A los fines de su cumplimiento, dése intervención a la Secretaría de Producción.-
Art. 9º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y al R.M.-

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