- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 01010/2016
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
- N° expediente: DE-1049-01300484-1
Resumen
Apruébase la Licitación Pública N° 08/16, para contratar la ejecución de la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00828/16.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaráz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2016 – Nº 01010
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 JUN 2016
VISTO:
El Expediente DE-1049-01300484-1 (R.P.) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia se tramitó la Licitación Pública N° 08/16 correspondiente a la obra: “BACHEO DE PAVIMENTOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00828/16.
Que, cumplimentados los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 20.05.16, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial Evaluadora, creada por el artículo 5° del Decreto D.M.M Nº 00828/16, la que ha emitido el dictámen técnico obrante en autos.
Que, a la presente licitación concurrieron dos (2) oferentes: a)- COEMYC S.A., cuyo monto de oferta asciende a pesos once millones doscientos noventa y siete mil ciento ochenta y siete con 71/100 ($11.297.187,71); b)- INAR VIAL S.A., cuyo monto de oferta asciende a pesos ocho millones novecientos setenta y ocho mil diecinueve con 60/100 ($8.978.019,60).
Que, de la documental obrante desde fs. 668 en adelante surge un razonable cumplimiento por parte de la firma INAR VIAL S.A. a los extremos del Articulo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, como de los artículos 8,9,10 y 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, desde el punto de vista técnico, la firma INAR VIAL S.A., posee antecedentes y equipamiento suficiente para realizar los trabajos que se pretenden contratar.
Que, la oferta presentada por la empresa INAR VIAL S.A. se encuentra dentro de la suma presupuestada en el marco del presente procedimiento de selección.
Que, en consecuencia, la oferta más conveniente, acorde a los antecendentes técnicos corroborados, como así también al valor de su oferta, correspondiente a la empresa INAR VIAL S.A.
Que, en virtud a lo expuesto, la Comisión Especial aconseja en su dictamen adjudicar a la empresa INAR VIAL S.A., a cuyos fundamentos cabe remitirse.
Que, atento aquel informe, este Departamento Ejecutivo estima que corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA
Art. 1°: Apruébase la Licitación Pública N° 08/16, para contratar la ejecución de la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00828/16.
Art. 2º: Adjudícase a la EMPRESA INAR VIAL S.A, la ejecución de la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el Expediente DE- 1049-01300484-1 (R.P.), por el monto de su oferta final de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DIECINUEVE CON 60/100 ($8.978.019,60).
Art. 3°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto 2.016 en la Jurisdicción: 1110128000 – Secretaría de Obras Públicas – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 – Construcciones en Bienes de dominio público- Actividad Programática: 30.75.55 – Fuentes de Financiamiento: 131- Fondos Municipales, la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DIECINUEVE CON 60/100 ($8.978.019,60).
Art. 4°: Dispónese que por Asesoría Legal de Secretaría de Obras Públicas se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.
Art. 5°: Autorízase a Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañados por todas las oferentes.
Art. 6°: Notifíquese en legal forma a la empresa adjudicataria y para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Obras Públicas.
Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Sr. Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-
Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.