- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 02291/2016
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE 0921-01363681-6
Resumen
Numérese y regístrese el ACTA que forma parte del presente, mediante la cual se prorroga el contrato de servicios suscripto oportunamente con la Sra. María Eva QUETGLAS VASSEL, D.N.I. Nº 36.615.704, a partir del 01 de octubre de 2016 y hasta el 31 de marzo de 2017.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2017 – Nº 02291
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 DIC 2016
VISTO:
El Documento DE 0921-01363681-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Comunicación y Desarrollo Estratégico solicita la prórroga del contrato de servicios suscripto con la Sra. María Eva QUETGLAS VASSEL, D.N.I. Nº 36.615.704, numerado y registrado en el Decreto D.M.M. Nº 01269/16, por un período de seis (6) meses;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja prorrogar el contrato de servicios, desde su vencimiento y hasta el 31 de marzo de 2017, en los mismos términos y condiciones del contrato originario;
Que, debe dictarse al acto administrativo que así lo disponga;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R ET A:
Art. 1º: Numérese y regístrese el ACTA que forma parte del presente, mediante la cual se prorroga el contrato de servicios suscripto oportunamente con la Sra. María Eva QUETGLAS VASSEL, D.N.I. Nº 36.615.704, a partir del 01 de octubre de 2016 y hasta el 31 de marzo de 2017.-
Art. 2º: Autorízase a la Dirección de Administración Financiera a realizar las variaciones presupuestarias que posibiliten el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente.-
Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-