Resolución Intendente N° 463/2018

4 de diciembre de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 463/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0530-01551607-3 (NI)

Resumen

Acéptase la cesión sin cargo efectuada a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, consistente en los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 463
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 NOV 2018
VISTO:
El Documento DE-0530-01551607-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, se ceden sin cargo a favor de esta Municipalidad los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal acepta ad referendum la referida donación, conforme lo establecido por los artículos 39, inciso 8°, y 41, inciso 25°, de la Ley 2.756, debiéndose en consecuencia dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º.- Acéptase la cesión sin cargo efectuada a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, consistente en los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.
Art. 2º.- Dispónese la afectación de los bienes cedidos a la Secretaría de Desarrollo Social.
Art. 3º.- Remítanse copias de la presente y de los actuados al Honorable Concejo Municipal a los fines correspondientes.

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