- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 406/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0917-01520577-6
Resumen
Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente Nicolás Andrés MARTÍNEZ (Código Nº 12.766), a fin de investigar los hechos descriptos, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto del Personal Municipal, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 406
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 OCT 2018
VISTO:
El Documento DE-0917-01520577-6 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, las actuaciones se inician a raíz de lo informado por el Programa Igualdad en la Diversidad dependiente de la Subsecretaría de Acción Social, de una situación de violencia que se habría producido entre empleados dependientes de la Secretaría de Recursos Hídricos, y que prestan funciones en la Dirección de Estaciones de Bombeo.
Que, a tal efecto, acompaña relato de los hechos expuestos por la agente Liliana BALBUENA (Código Nº 14.165), en los que identifica al agente Nicolás Andrés MARTÍNEZ (Código Nº 12.766), como presunto autor de una serie de agravios y malos tratos dirigidos a su persona y dignidad.
Que, la Dirección de Personal informa que la agente BALBUENA revista en esta Administración en calidad de Permanente, sin función, Categoría 08, Agrupamiento VI – Servicios Generales, y el agente MARTÍNEZ revista en calidad de Permanente, con funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II – Profesional, ambos dependientes de la Dirección Estaciones de Bombeo.
Que, la Asesoría Legal de la Secretaría de Recursos Hídricos, considera que conforme surge de la denuncia realizada, se observa que presumiblemente el agente denunciado, habría incurrido en las faltas previstas por el artículo 65 bis y ter de la Ordenanza Municipal Nº 8.527 (texto agregado por la Ordenanza Municipal Nº 11.466), que instituyen como falta en el ámbito municipal a la “violencia laboral” como una falta específicamente tipificada pasible de sanción disciplinaria, por lo que sugiere disponer la instrucción por parte de Fiscalía Municipal de sumario administrativo tendiente a comprobar los hechos denunciados, y determinar, si así fuere, la responsabilidad administrativa correspondiente.
Que, asimismo, ante la gravedad de los hechos, y a los fines de preservar la prueba a producirse en el sumario administrativo y evitar posibles entorpecimientos a la investigación, aconseja disponer la medida de traslado preventivo del señalado como posible responsable, conforme la potestad emanada del art. 125 de la Ordenanza Municipal Nº 8.527.
Que, la Subsecretaría de la Función Pública sugiere el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga la instrucción de un Sumario Administrativo al agente Nicolás Andrés MARTÍNEZ (Código Nº 12.766), a fin de investigar los hechos denunciados en las presentes actuaciones, disponiendo en el mismo acto su traslado preventivo a la Dirección de Ingeniería – Departamento Relevamiento Planialmétricos – de la Secretaría de Recursos Hídricos, en los términos del art. 125 de la Ordenanza Nº 8.527.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente Nicolás Andrés MARTÍNEZ (Código Nº 12.766), a fin de investigar los hechos descriptos, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto del Personal Municipal, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Disponer el traslado preventivo del agente a la Dirección de Ingeniería – Departamento Relevamiento Planialmétricos – de la Secretaría de Recursos Hídricos, conforme a lo establecido por el art. 125 del Estatuto aplicable.-
Art. 3º: Autorizar a Fiscalía Municipal a instar las acciones judiciales que correspondan.-
Art. 4º: Girar copia a la Secretaría de Recursos Hídricos y a la Dirección de Personal, para su conocimiento y notificación al agente involucrado. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal a sus efectos.-
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