- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 160/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0438-01475881-7 (NI)
Resumen
Autorizar a Fiscalía Municipal a gestionar la correspondiente Orden de Allanamiento que permita ingresar al inmueble ubicado en calle Saavedra Nº 1982 de esta ciudad, identificado con el Padrón Nº 14417, a los fines expuestos en los considerandos precedentes.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 160
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0438-01475881-7 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, las actuaciones se inician a raíz de la denuncia efectuada por la Sra. Lucía PATROSINO, por la cual señala el abandono de la propiedad lindera a su domicilio ubicada en calle Saavedra Nº 1982, identificada con el Padrón Nº 14417, y la que se encontraría sin limpiar, con plantas cuyas ramas sobrepasan el tapial invadiendo su propiedad y con presencia de roedores y alacranes.
Que, a través de la Secretaría de Control, se procedió a intimar al Sr. Martín Ordoñez y/o titular y/o responsable del inmueble en cuestión a los fines de que proceda a realizar la limpieza del mismo en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, sin obtenerse respuesta alguna a tal requerimiento.
Que, por ello, Fiscalía Municipal solicita se la autorice a requerir el libramiento de la correspondiente orden de allanamiento.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente para el dictado del acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a gestionar la correspondiente Orden de Allanamiento que permita ingresar al inmueble ubicado en calle Saavedra Nº 1982 de esta ciudad, identificado con el Padrón Nº 14417, a los fines expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Autorizar a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos y/o al órgano que resulte competente, a llevar a cabo la correspondiente inspección y/o demás medidas pertinentes, una vez dictada la orden judicial correspondiente.
Art. 3º: Gírese copia a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos y las actuaciones a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos. Cumplimentado, Archívese.
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