- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00326/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
- N° expediente: DE – 0905-01481977-5 (RP)
Resumen
Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018, para contratar la ejecución de la obra “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA AV. GDOR. FREYRE”, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00114/18, la cual comprende la provisión de materiales, herramientas, equipamiento y mano de obra según especificaciones técnicas y planos que se adjuntan a los respectivos pliegos.
Adjudíquese a COCYAR S.A. – EMPRESA CONSTRUCTORA PILATTI S.A AV. FREYRE U.T. la ejecución de la obra referida en el artículo precedente, en un todo de acuerdo con la documentación que integran los Pliegos de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el expediente del visto, por el monto de pesos ciento cuarenta y dos millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos sesenta y uno c/62/100 ($142.431.261,62)
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018 – Nº 00326
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 JUN 2018
VISTO:
El expediente DE – 0905-01481977-5 (RP) y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia obra el Decreto D.M.M. N° 00114/18 de convocatoria a Licitación Pública N° 01/2018 para contratar la ejecución de la obra “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA AV. GDOR. FREYRE”, acorde a las especificaciones técnicas y los planos que se adjuntan al pliego respectivo;
Que, el presupuesto oficial ascendió a la suma de pesos ciento treinta millones, setenta y tres mil novecientos setenta y cinco c/54/100 ($ 130.073.975,54);
Que, obra en autos constancia de las publicaciones efectuadas en Boletín Oficial y en los diarios El Litoral y Uno, tal como dispone el acto de convocatoria. Asimismo, se realizó la difusión a través del sitio web de este Municipio;
Que, la apertura de los sobres se realizó el día 10 de abril de 2018, y concurrieron siete (7) oferentes, a saber: a) COEMYC S.A., con una oferta de pesos ciento cuarenta y cinco millones novecientos diecisiete mil ochocientos treinta y uno c/92/00 ($145.917.831,92); b) COCYAR S.A. – EMPRESA CONSTRUCTORA PILATTI S.A AV. FREYRE U.T., con una oferta de pesos ciento cuarenta y dos millones cuatrocientos treinta y un mil novecientos cincuenta y ocho c/10/00 ($ 142.431.958,10); c) MUNDO CONSTRUCCIONES S.A., con una oferta de pesos ciento cuarenta y siete millones doscientos noventa y cuatro mil seiscientos dos c/37/00 ($ 147.294.602,37); d) TECSA S.A., con una oferta de pesos ciento cincuenta y seis millones ochocientos treinta y siete mil setenta y seis c/85/00 ($ 156.837.076,85); e) UNION TRANSITORIA EDECA COINSTRUCTORA Y PECAM S.A., con una oferta de pesos ciento cincuenta millones ochocientos noventa mil doscientos setenta y seis c/85/100 ($ 150.890.276,85); f) GUERECHET S.A, con una oferta de pesos ciento sesenta y dos millones seiscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y tres c/56/00 ($ 162.688.483,56) y g) UNION TRANSITORIA COCIVIAL S.A., CAPITEL S.A. Y BAUZA S.R.L. con una oferta de pesos ciento cuarenta y nueve millones seiscientos cinco mil ciento cinco c/33/00 ($ 149.605.105,33).
Que, luego de analizar la documentación presentada por el oferente, la Comisión Evaluadora solicitó una rectificación en conformidad a lo establecido en el Art. 13 Inc. h) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que conllevó a un ajuste del valor correspondiente a la oferta, siendo el nuevo monto válido la suma de pesos ciento cuarenta y dos millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos sesenta y uno c/62/100 ($142.431.261,62).
Que, finalmente, la Comisión Evaluadora se reunió en fecha 4 de mayo de 2018 y emitió el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión, en donde aconsejó aprobar la Licitación Pública Nº 01/2018 y, en consecuencia, adjudicar la ejecución de la obra a COCYAR S.A. – EMPRESA CONSTRUCTORA PILATTI S.A AV. FREYRE U.T.;
Que, atento aquel informe, el cual forma parte integrante del presente, este Departamento Ejecutivo estima corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor:
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art.1º.- Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018, para contratar la ejecución de la obra “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA AV. GDOR. FREYRE”, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00114/18, la cual comprende la provisión de materiales, herramientas, equipamiento y mano de obra según especificaciones técnicas y planos que se adjuntan a los respectivos pliegos.
Art. 2º.- Adjudíquese a COCYAR S.A. – EMPRESA CONSTRUCTORA PILATTI S.A AV. FREYRE U.T. la ejecución de la obra referida en el artículo precedente, en un todo de acuerdo con la documentación que integran los Pliegos de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el expediente del visto, por el monto de pesos ciento cuarenta y dos millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos sesenta y uno c/62/100 ($142.431.261,62)
Art. 3º.- El presente gasto será imputado de la siguiente manera: 150 – Crédito Interno – Categoría Programática 23.75.59 por un importe de pesos noventa y siete millones, novecientos sesenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres c/00/100 ($ 97.967.453,00) fondos obtenidos en el marco de la Licitación Pública Nº 03/17 “Contratación de Empréstito Público – Ordenanza Nº 12.457; y el importe de pesos cuarenta y cuatro millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos ocho c/62/100 ($44.463.808,62)– Fondos Municipales – Categoría Programática 23.75.59.
Art. 4º.- Dispónese que por Asesoría Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la firma adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de adjudicación.
Art. 5°.- Autorízase a la Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañados oportunamente por todas las oferentes.
Art. 6°.- Notifíquese en legal forma a la firma adjudicataria, a fin de cumplimentar lo dispuesto en el Art. 4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 7°.- Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano.
Art. 8°.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-
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