- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00035/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0969-01475322-2
Resumen
Apruébase la señalización mediante banderas, a utilizar en los solariums y balnearios de la ciudad, conforme se indica en el Anexo I del presente decreto.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria General
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 00035
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 ENE 2018
VISTO:
El documento DE-0969-01475322-2; y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones de la referencia la Dirección de Gestión de Riesgos eleva proyecto para la implementación, en los balnearios y solariums de la ciudad, de un sistema de señalización mediante banderas.
Que, la propuesta procura la utilización de banderas para que, ante ciertas situaciones se pueda advertir y prevenir a la comunidad que concurra las playas locales, sobre eventuales contingencias que pudieran acaecer de índole climática o factores naturales.
Que corresponde al personal afectado a los operativos de seguridad en las playas, por su conocimiento sobre el estado de las aguas y de las playas, determinar la oportunidad en la que debe procederse a colocar banderas de señalización, conforme los supuestos contemplados en el anexo del presente.
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R ET A:
Art. 1º: Apruébase la señalización mediante banderas, a utilizar en los solariums y balnearios de la ciudad, conforme se indica en el Anexo I del presente decreto.
Art. 2º: Encomiéndase a la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana la instrumentación y aplicación de lo dispuesto en el presente.
Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria General y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.
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